Una perla más de Telefónica,….para variar.

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Nuevamente, el viernes último, la empresa de telecomunicaciones Telefonica del Perú S.A.A. (TdP) ha sido sancionada por su conducta en contra de los derechos de los consumidores. Esta vez el organismo regulador y de competencia  OSIPTEL, mediante procedimiento sancionador iniciado de oficio resolvió en segunda y última instancia (ver resolución aquí) que la información dada por TdP mediante su línea 104 y en sus establecimientos comerciales, desinformaban a los consumidores respecto a las tarifas para su promoción TRIO.

Tdp ha sido objeto de una multa de 85 U.I.T., es decir más de S/.300,000.00 nuevos soles o US$100,000.00 dolares americanos, por lo que presumimos que como es costumbre irá al Poder Judicial vía proceso contencioso-administrativo, logrando con ello “congelar” su cobro por todo el tiempo que dure el proceso, o sea 3 o 4 años cuando menos.

A propósito de las multas y sus efectos disuasivos o no, sería necesario, ahora que se nos viene el nuevo Código de Consumo, de una vez establecer la posibilidad que las asociaciones de consumidores puedan iniciar denuncias (léase tengan legitimidad para obrar) en contra de las empresas sancionadas, para que éstas tengan que resarcir los daños ocasionados al consumidor y el mercado en su conjunto y no quede solo en una multa -en donde a las finales el beneficiado es la entidad sancionadora- si no que puedan los consumidores percibir directamente los efectos de dichas sanciones.

Si bien es cierto que en esta ocasión no se ha podido determinar, cuando menos en el expediente, a aquellos consumidores perjudicados con la conducta infractora de TdP, sin embargo en otras ocasiones el daño a los consumidores ha sido público y notorio, como por ejemplo en la famosa caída del servicio telefónico tanto de Telefónica Moviles, America Moviles (Claro) y Nextel, por el terremoto del 15/08/2007 en Pisco y el sur chico, y en donde se sancionó tanto en primera como segunda instancia administrativa a cada una de ellas con multas que pasaron el millon de nuevos soles. Pero al igual que en esta última ocasión, tanto Telefónica Moviles junto con TdP, asi como Nextel han apelado dichas resoluciones ante el Poder Judicial, lo cual significa que las multas tan publicitadas en los medios de comunicación, entran al congelador, hasta nuevo aviso.

Otro seria el panorama si los consumidores a través de los mecanismos colectivos de defensa pudieran, en base a la decisión tomada por la autoridad en sede admiistrativa,  coadyuvar en aquellos procesos en vía judicial y/o iniciar demandas por los daños ocasionados, lo que lograría cambiar la actitud de las empresas reincidentes ya que no solo deberán calcular sus ganancias en base a las multas que pudieran recibir si no además a las posibles demandas por daños y perjuicios o de responsabilidad extracontractual que iniciarian los consumidores a través de las asociaciones respectivas, lo cual los haria menos eficientes y por lo tanto sería un incentivo para que respeten con mayor cuidado a los consumidores.

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Comentarios

que pendxxxxxx lo de las multas a telefonica si lo que le roba a la gente con sus publicidad engañosa es muchos ves mas de lo que paga opsitel, porque no se cobra el 200% del total de lo recuadado por telefonica a nivel nacional del embueste realizado.

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